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Esta es una norma consolidada. Es decir, que incorpora las modificaciones que este texto haya podido sufrir debido a la publicación con posterioridad de otras disposiciones que les afecten. También, podrá acceder desde la propia norma consolidada a la consulta de estas últimas, si lo considera necesario, así como al texto original publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
 

Resolución 420/38240/2009, de 26 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de octubre de 2009, sobre la creación de un Centro contra artefactos explosivos improvisados en el ámbito del Ministerio de Defensa y su ofrecimiento, con la consideración de «Centro de Excelencia», a la Organización del Tratado del Atlántico Norte.

BOE 31-10-2009


Ver:

  • Orden DEF/960/2010, de 15 de abril, por la que se constituye el Centro de Excelencia contra artefactos explosivos improvisados en el ámbito del Ministerio de Defensa y su ofrecimiento a la Organización del Tratado del Atlántico Norte. BOE20-04-2010

Bases de datos del Boletín Oficial del Estado:



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El Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de octubre de 2009, ha adoptado el Acuerdo sobre la creación de un Centro contra artefactos explosivos improvisados en el ámbito del Ministerio de Defensa y su ofrecimiento, con la consideración de «Centro de Excelencia», a la Organización del Tratado del Atlántico Norte.

Por considerarse conveniente el conocimiento y difusión del citado Acuerdo, proceder su publicación como anexo de esta resolución.

Madrid, 26 de octubre de 2009.

El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa,

Tomás Suárez-Inclán González.

ANEXO

Acuerdo del Consejo de Ministros sobre la creación de un Centro contra artefactos explosivos improvisados en el ámbito del Ministerio de Defensa y su ofrecimiento, con la consideración de «Centro de Excelencia», a la Organización del Tratado del Atlántico Norte

La seguridad de las unidades de las Fuerzas Armadas que participan en misiones en el exterior se ve frecuentemente amenazada por formas no convencionales de combate, en especial por técnicas empleadas por grupos terroristas. Entre ellas cabe reseñar, por su profusión y letalidad, el empleo de artefactos explosivos improvisados («improvised explosive devices» –IEDs– en terminología inglesa). La defensa contra esta clase de amenaza terrorista resulta especialmente difícil por la variedad de artefactos en que puede concretarse y por las diversas formas y situaciones en las que son empleados, no limitadas a escenarios en los que se desarrollen operaciones militares. El impulso de la colaboración en esta materia, especialmente favoreciendo la integración de la información disponible sobre incidentes IED a nivel nacional e internacional y su análisis, resulta obligado para alcanzar cotas más elevadas en la protección de las tropas y para favorecer la lucha contra el terrorismo, beneficiando con todo ello la seguridad nacional.

Las Fuerzas Armadas de países aliados u amigos, y las organizaciones de seguridad y defensa de las que España forma parte, disponen de información y experiencias relevantes en este campo, siendo del máximo interés facilitar la cooperación en aras al beneficio común. Abundando en esta dirección, cabe recordar que la Organización del Tratado del Atlántico Norte, en el marco de políticas orientadas a promover la obtención de capacidades militares y su interoperabilidad, exhorta a las naciones parte a constituir «Centros de Excelencia», organismos especializados y altamente cualificados en áreas concretas del conocimiento, capaces de aportar valor añadido a los aliados. Dicha concepción es plenamente aplicable al campo de la lucha contra el terrorismo, en general, y contra la amenaza que suponen los IEDs, en particular.

En consecuencia, resulta acertado crear un órgano especializado en la amenaza descrita en el ámbito del Ministerio de Defensa. En él se materializarán, simultáneamente, la colaboración con otros organismos de la Administración General del Estado implicados en la materia, incluidas sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y la cooperación con otros países y organizaciones, configurándose para llegar a ser reconocido como centro de excelencia por la OTAN y referencia internacional en la lucha contra artefactos explosivos improvisados.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Ministra de Defensa, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 2 de octubre de 2009, aprobó el siguiente

ACUERDO

Primero.

Se aprueba la creación de un centro contra artefactos explosivos improvisados en el ámbito del Ministerio de Defensa, y su ofrecimiento a la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) con la consideración de «Centro de Excelencia».

Segundo.

Se autoriza a la Ministra de Defensa a adoptar las medidas necesarias para su constitución, abierto a la participación multinacional.

Tercero.

Se autoriza a la Ministra de Defensa a impulsar la participación, en dicho centro, de personal de otros organismos de la Administración General del Estado implicados en la lucha contra este tipo de amenaza terrorista, cuando resulte conveniente.

Cuarto.

Se autoriza a la Ministra de Defensa a acometer las acciones precisas para alcanzar su acreditación como «Centro de Excelencia» por la OTAN, en los términos en los que tal concepto ha sido definido por esta organización, y su reconocimiento como organismo militar internacional al amparo del artículo 14 del Protocolo sobre el Estatuto de los Cuarteles Generales Militares Internacionales establecidos en cumplimiento del Tratado del Atlántico Norte, firmado en París el 28 de agosto de 1952.


Los documentos aquí recogidos tienen únicamente carácter informativo; sólo los publicados en el «Boletín Oficial del Estado» o contenidos en certificaciones emitidas de conformidad con la normativa vigente tienen carácter de auténticos.


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